El Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas adoptó un dictamen, por el que concluyó que Baltasar Garzón no tuvo garantizado el derecho a un tribunal independiente e imparcial, como consecuencia de los procesos que se siguieron en su contra, que derivaron a condenar penal por prevaricación, y a la destitución del cargo de juez.
‘La Vanguardia’ subraya que el examen realizado por el Comité examina a partir de las propias pruebas presentadas por las partes, la interpretación jurídica de la Ley Orgánica General Penitenciaria realizada por Garzón, por lo que concluye que ni una ni otra actuación pueden constituir mala conducta, falta grave, ni ausencia de idoneidad que conlleve destitución y la pérdida definitiva de su cargo.
“El Comité de Derechos Humanos llega a la conclusión de que en los procesos contra Baltasar Garzón se ha violado el derecho a un tribunal competente, independiente e imparcial, en los términos del artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y que al haber sido condenado en instancia única, sin posibilidad de revisión del fallo y la pena, también se violó la garantía establecida en el artículo 14.5 del mismo instrumento jurídico. Asimismo indica que el artículo 446 del Código Penal de España, que castiga el delito de prevaricación para el juez o jueza que dictare “sentencia o resolución injusta” no define qué ha de entenderse por ello, implicando una violación del principio de legalidad, que obliga a los Estados a determinar con claridad, precisión, de manera explícita y exacta la conducta que se prohíbe. Dicha norma, aplicada al caso Garzón, viola el artículo 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El dictamen, finaliza resaltando que las violaciones al Pacto requieren la obligación de reparar integralmente a las personas a quienes se les hayan violado los derechos, y destaca para el caso que, entre otras medidas, deben borrarse los antecedentes penales y proporcionar una compensación adecuada.”, según ‘La Vanguardia’.
Queda claro que se han violado los derechos humanos establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como indica el dictamen fijado por el Comité de Derechos Humanos sobre el caso de Baltasar Garzón. Esta conclusión jurídica es legítima, válida y final. Por lo que el Estado debe de borrar los antecedentes penales que figuren en el expediente de Baltasar Garzón por las causas Franquismo y Gürtel, al igual que deben brindar una compensación económica.
El dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el caso de Baltasar Garzón representa la oportunidad de medir la calidad democrática del Estado, a quien le corresponde jurídica y moralmente, dar debido y pronto efecto al mismo, cumpliendo la reparación integral y honrando a sus ciudadanos y ciudadanos, como a la comunidad internacional.